Hoy, Gay & Lesbian Advocates & Defenders elogió al Departamento de Seguros de Connecticut por emitir un boletín que ordena a todas las aseguradoras de salud que operan en el estado pagar el tratamiento relacionado con la transición de género de un paciente. El boletín es un paso significativo hacia aumentar el acceso a atención médica crítica para los residentes transgénero de Connecticut, a quienes durante mucho tiempo se les ha negado arbitrariamente cobertura para tratamientos médicos relacionados con la transición de género.

El boletín, que se emitió el 19 de diciembre, ordena a las entidades autorizadas por el Departamento de Seguros y que redactan pólizas de seguro médico individuales y grupales "asegurar que no haya discriminación contra las personas aseguradas con disforia de género y garantizar que a las personas no se les niegue el acceso a servicios médicos". atención necesaria por razón de la identidad o expresión de género de la persona”.

La disforia de género se define como una "condición en la que un individuo se siente intensamente incómodo con su género biológico y se identifica fuertemente con el sexo opuesto y quiere serlo".

"Aplaudimos al Departamento de Seguros de Connecticut por este importante paso para garantizar que las personas transgénero tengan acceso a atención médicamente necesaria que les salve la vida", dijo el abogado Zack Paakkonen. “Primero, alinea a las aseguradoras de salud de Connecticut con las leyes estatales y federales que prohíben la discriminación contra las personas transgénero en el ámbito de la atención médica. En segundo lugar, el boletín concuerda con la posición de todas las principales asociaciones médicas y psicológicas, que es que la disforia de género es una condición médica legítima con un curso prescrito de tratamiento eficaz y médicamente necesario que debe ser determinado por el médico de cada individuo y no por una aseguradora. compañía."

Connecticut promulgó una ley en 2011 que prohíbe la discriminación contra las personas transgénero en el empleo, las instalaciones públicas, la vivienda, el crédito, las escuelas públicas, los contratos estatales y muchas otras áreas. El Departamento de Seguros interpretó que la intención legislativa de la ley se extendía también a las prácticas de seguros médicos. La Ley federal de Atención Médica Asequible también prohíbe a las aseguradoras adoptar diseños de beneficios que discriminen a las personas transgénero o por una condición de salud específica.

Los reguladores de seguros en California, Colorado, Oregón, Vermont y el Distrito de Columbia han emitido boletines similares instruyendo a las aseguradoras en sus respectivas jurisdicciones a cubrir el tratamiento de pacientes transgénero de manera equitativa. Se están realizando esfuerzos para que otros estados de Nueva Inglaterra emitan boletines similares.

Lea el boletín completo del Departamento de Seguros de Connecticut aquí.