
Conozca sus derechos: Preguntas y respuestas sobre la discriminación en la vivienda en MA
(portugués) (kreyòl ayisyen) (普通话)
Preguntas y respuestas frecuentes sobre la discriminación en la vivienda en el estado de Massachusetts. Para obtener consejos o preguntas que no se respondan aquí, llame a GLAD Answers al (800) 455-GLAD, envíe un correo electrónico GLADanswers@glad.org, o visitar GLADAnswers.org.
P: ¿Están las personas LGBTQ protegidas de la discriminación en materia de vivienda en Massachusetts?
A: Sí
P: ¿Qué prohíbe la ley contra la discriminación en materia de vivienda en MA?
A: Las leyes de vivienda prohíben la discriminación por parte de quienes participan en la mayoría de los aspectos del negocio de la vivienda, incluidos:
- Listado
- Comprar
- Venta
- Alquiler
- Financiación de viviendas, con o sin fines de lucro.
En la mayoría de los casos, estos reclamos implican la negativa de un propietario, arrendador o corredor de bienes raíces a vender, arrendar o incluso negociar con una persona sobre la vivienda que desea obtener. Pero también están prohibidas otras prácticas, como investigar o registrar la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil de una persona o discriminar en materia de préstamos hipotecarios.
P: ¿Hay algún propietario exento de la ley contra la discriminación en materia de vivienda?
A: La principal exención de la ley es para los edificios ocupados por sus propietarios que tienen dos unidades o menos. La ley se centra en proteger a las personas en “viviendas múltiples”. Si un edificio sólo tiene dos apartamentos y el propietario vive en uno de ellos, se podrá aplicar la exención.
Hay algunas otras exenciones muy técnicas. Si cree que puede encontrarse en una situación en la que se aplica una exención, comuníquese con GLAD Answers para obtener más información.
P: ¿Qué sucede después de presentar una queja ante MCAD?
A: El MCAD asigna un investigador para que investigue su caso. Las partes pueden participar en un “descubrimiento” limitado: un proceso legal que permite a la otra parte examinar los fundamentos de su reclamo y le permite a usted examinar sus justificaciones y defensas, a través de preguntas escritas, solicitudes de documentos y declaraciones. En última instancia, si el caso no se desestima por razones técnicas, un comisionado decidirá si existe causa probable para acreditar sus acusaciones.
Si se encuentra una causa probable, el caso irá a un proceso de conciliación. Si las negociaciones no logran producir un acuerdo aceptable para todas las partes, el caso continúa con más pruebas y posiblemente una audiencia.
Incluso antes de que se determine la causa probable en un caso de vivienda, el MCAD puede acudir a los tribunales para solicitar una orden que prohíba al demandado vender, alquilar o disponer de otro modo de la propiedad en cuestión mientras el caso esté pendiente. Una vez que se encuentra causa probable, se debe notificar al demandado de su derecho a que su caso sea visto en el tribunal en lugar de en el MCAD.
Si se determina que falta una causa probable, el caso termina a menos que usted apele. Existen reglas especiales y limitaciones de tiempo para las apelaciones dentro del MCAD que deben observarse estrictamente.
Comuníquese con GLAD Answers para obtener más información.
P: ¿Cuáles son los recursos legales que el MCAD puede otorgar por discriminación si un individuo gana su caso allí?
A: Los remedios para un reclamante exitoso en casos de vivienda pueden incluir daños (gastos realmente incurridos debido a acciones ilegales relacionadas con la mudanza, el almacenamiento o la obtención de una vivienda alternativa) y multas civiles que se pagarán al estado.
P: ¿Cómo presento una queja por discriminación según la ley de Massachusetts?
A: Puede presentar la solicitud en persona o por escrito ante la Comisión contra la Discriminación de Massachusetts (MCAD). El MCAD prefiere que las personas presenten la denuncia en persona, a menos que un abogado haya preparado la denuncia para ellos. Llame con anticipación para programar una cita y averiguar qué necesita traer.
Bostón: (617) 994-6000, visita su sitio web.
Springfield: (413) 739-2145, visita su sitio web.
Worcester: (508) 799-8010, visita su sitio web.
Nueva Bedford: (774) 510-5801, visita su sitio web.
P: ¿Necesito un abogado?
A: No. El proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen abogados que las representen durante todo el proceso. No sólo existen muchas normas legales que rigen el proceso MCAD, sino que es probable que los empleadores y otros acusados tengan representación legal.
Comuníquese con GA para obtener información sobre referencias de abogados
P: ¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?
A: Las denuncias por discriminación deben presentarse ante el MCAD dentro de los 300 días siguientes al último acto o actos discriminatorios. Hay muy pocas excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos.
P: ¿Puedo también presentar una queja por discriminación ante una agencia federal?
A: Sí, en muchos casos. Comuníquese con GLAD Answers si desea obtener más información:
Para obtener más información sobre sus derechos y protecciones, y para referencias, puede comunicarse con ALEGRE Respuestas, la línea de información legal gratuita y confidencial de GLAD.
junio 2020