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Derechos transgénero | Documentos de identificación | Rhode Island

GLAD tiene un Proyecto ID Transgénero que proporciona recursos gratuitos para personas transgénero que viven en Nueva Inglaterra (Connecticut, Maine, Massachusetts, New Hampshire, Rhode Island o Vermont) que buscan actualizar su nombre legal y género en documentos de identificación federales y estatales.

En muchos casos, puede actualizar estos documentos sin la ayuda de un abogado utilizando la información a continuación. Si necesita ayuda, consulte la siguiente pregunta:
¿Cómo obtengo un cambio de nombre legal en Rhode Island?
Afortunadamente para los habitantes de Rhode Island que desean realizar un cambio de nombre, hay relativamente pocos pasos involucrados en este proceso en comparación con la mayoría de los estados. Además, los estatutos del Estado son bastante indulgentes cuando se trata de leyes de cambio de nombres. Los jueces aprueban rápidamente las peticiones de cambio de nombre y, a veces, incluso firman un decreto de cambio de nombre sin que el peticionario asista a una audiencia judicial.
Paso 1: completar la petición de cambio de nombre
Descargue la Petición de cambio de nombre (formulario PC-8.1) e ingrese toda la información correspondiente.
información excepto su firma; esto debe hacerse en presencia de un notario.
El juez completará la sección Decreto al final del formulario si el nombre
se aprueba el cambio.
Paso 2: certifique la petición ante notario
La Petición debe firmarse ante un notario público. Puedes preguntar en tu ciudad o pueblo
empleado para obtener una referencia o incluso visitar su banco. (Si tienes una cuenta personal no puedes
se le cobrará una tarifa de notarización).
Paso 3 – Presentar la petición
Adjunte una copia de su certificado de nacimiento al formulario PC-8.1 y visite su ciudad o pueblo local
secretario/tribunal testamentario para presentar su petición. Los honorarios involucrados en la presentación de un cambio de nombre
La petición varía según la ciudad/pueblo, pero suele ser inferior a $100. El secretario del tribunal proporcionará una
fecha para que regrese al juzgado y asista a una audiencia o recoja su
decreto firmado. Esta fecha suele ser de unos treinta (30) días a partir de la fecha de presentación.
Paso 4 – Verificación de antecedentes
Una vez presentada la petición, se puede presentar un informe de la Oficina de Investigación Criminal (BCI).
requerido; Visite el secretario de su ciudad o pueblo para saber cómo se maneja esto. Algunos tribunales pueden
haga que la policía local realice la verificación de BCI, o puede solicitarla a través de RI
Fiscalía General. Luego de recibir el informe de BCI, adjúntelo a la petición para que el
El juez puede revisarlo.
Paso 5: publicar el aviso (si corresponde)
No existe ninguna ley que le obligue a publicar un aviso declarando su cambio de nombre en
su periódico local; sin embargo, el tribunal donde presentó su petición puede exigir que
hazlo. Pregunte al secretario del tribunal si este es un paso necesario y, si lo es, averigüe si el
el tribunal hará publicidad en su nombre o si debe comunicarse usted mismo con un periódico local.
Notificarles sobre su nombre actual y el cambio de nombre propuesto para que puedan publicar un anuncio en
su próximo número. Pídeles que te envíen un comprobante de publicación para que puedas llevarlo a tu
fecha de corte.
Le sugerimos que solicite al tribunal que exima este requisito para proteger su privacidad.
Paso 6: asistir a la audiencia
A menos que el juez ya haya firmado el decreto aprobando su cambio de nombre, usted
Se le pedirá que visite el tribunal nuevamente para asistir a una audiencia frente al juez. (Traer
prueba de publicación, si corresponde.) El juez puede hacerle un par de preguntas, o
Quizás sólo quiera que hagas una declaración oficial. Si conceden el cambio de nombre,
firmará la sección del Decreto del Formulario de Petición. Haga que el secretario haga copias certificadas de
el Decreto para que puedas cambiar tu nombre en cualquier documentación legal.
Cambio de nombre para un menor
Un cambio de nombre para un menor sigue los pasos anteriores, pero ambos padres deben dar su consentimiento para el cambio de nombre. Los jueces pueden considerar si conceden un cambio de nombre para un menor de acuerdo con lo que sea en el "interés superior del niño".
Por lo general, evalúan el interés superior del niño observando una variedad de factores, que pueden incluir la preferencia del niño (teniendo en cuenta su edad y experiencia), el tiempo que el niño ha usado ese nombre, las dificultades, el acoso o la vergüenza que un niño puede experimentar por el nombre actual o propuesto, y los motivos o intereses de los padres.
Para demostrar que el cambio de nombre es lo mejor para el niño, junto con la petición de cambio de nombre, es posible que desee presentar pruebas que demuestren al juez por qué esto es lo mejor para el niño. Ejemplos de dicha evidencia serían cartas de maestros, familiares o amigos que confirmen el uso de su nombre preferido, cartas de proveedores que confirmen la identidad de género del niño, etc.
¿Cómo cambio el nombre y el sexo en mi licencia de conducir de Rhode Island?
Estas son las instrucciones para cambiar el nombre y el género en una licencia de conducir o tarjeta de identificación de Rhode Island: https://dmv.ri.gov/licenses-permits-ids/drivers-licenses/name-address-change.
Si está cambiando su nombre, primero debe cambiarlo en su tarjeta de Seguro Social. Se necesitarán al menos 24 horas para que los cambios en el Seguro Social entren en vigencia para que el DMV procese su transacción.
Debe completar el siguiente formulario: file:///C:/Users/gsbwb/Downloads/license-app-with-checklist-2022-01-28.pdf y acudir personalmente a su oficina local del DMV con el
solicitud completa y la documentación requerida, que para una identificación no REAL incluye:
● Si va a cambiar su nombre, una orden certificada de cambio de nombre emitida por un tribunal (no
no necesita ser un tribunal de Rhode Island) y una tarjeta de Seguro Social con su
nuevo nombre.
● Si cambia su género, debe enviar una designación de género completa.
forma: https://dmv.ri.gov/sites/g/files/xkgbur556/files/documents/forms/license/gender_d. Puede certificar su género usted mismo, por lo que no necesita una carta de un proveedor médico. Además, Rhode Island le permite elegir "M", "F" o una "X" no binaria.
● Un documento de la “Lista de documentos de prueba de identidad”.
● Dos documentos de la “Lista de documentos de prueba de residencia”.
NOTA: A partir del 3 de mayo de 2023, si desea utilizar una identificación estatal para volar a nivel nacional o ingresar a un edificio federal, deberá ser una identificación REAL. Además de los requisitos anteriores, para obtener una REAL ID, su “Documento de prueba de identidad” también debe demostrar que es ciudadano estadounidense, residente permanente o tiene alguna otra prueba de residencia legal. Aquí está la lista de documentos permitidos: file:///C:/Users/gsbwb/Downloads/real-id-identification-documents-checklist-2021-12.pdf. Para obtener más información sobre cómo obtener una RI REAL ID, consulte: https://dmv.ri.gov/licenses-permits-ids/real-id.
Si nací en Rhode Island, ¿cómo cambio el nombre y el sexo en mi certificado de nacimiento?
Para cambiar su nombre en un certificado de nacimiento de Rhode Island:
- Descargue aquí la Solicitud de Copia Certificada de Acta de Nacimiento.
- Casilla 1: Complete toda la información solicitada. Después de “Nuevo nombre si se cambia en
tribunal”, complete con su nombre legal actual. - Casilla 2: Indique que solicita su propio acta de nacimiento.
- El recuadro 3 pregunta “¿Por qué necesita este registro?”. Marque la casilla "otro uso" y especifique que desea que se actualice el nombre en su certificado de nacimiento para que coincida con el cambio de nombre ordenado por el tribunal.
- Orden judicial de cambio de nombre (copia certificada)
- Esta es la orden oficial de cambio de nombre que recibió de su tribunal sucesorio local.
- Debe proporcionar a la Oficina de Registros Vitales una copia certificada, no una fotocopia. Este documento eventualmente le será enviado por correo después de que se procese su solicitud.
- Fotocopia de un formulario de identificación con fotografía.
- Las formas aceptadas de identificación con fotografía pueden incluir su licencia de conducir, identificación estatal, pasaporte estadounidense, identificación militar, certificado de naturalización o formulario de registro de extranjero.
- Pago ($35.00):
- $10.00 para tramitar el cambio a tu acta de nacimiento
- $25.00 para enviarle por correo una versión actualizada de su certificado de nacimiento
- El pago puede realizarse mediante cheque o giro postal, pagadero al “Tesorero General de RI”.
Para actualizar el marcador de género en un certificado de nacimiento de Rhode Island a "M", "F" o "X" no binario:
Deberá comunicarse con la Oficina de Registros Vitales para preparar una declaración jurada para usted. Esto se puede hacer al mismo tiempo que actualiza el nombre en su certificado de nacimiento de RI. A partir de marzo de 2021, ya no se requiere documentación médica para actualizar el marcador de género en su certificado de nacimiento de RI.
Comuníquese con la Oficina de Registros Vitales por teléfono o por correo electrónico:
- Por teléfono: (401) 222-5339
- Por correo electrónico: melissa.wilson@health.ri.gov
Informe a la Oficina de Registros Vitales que desea cambiar el marcador de género en su
certificado de nacimiento de RI y que solicita una declaración jurada.
- Dígales el marcador de género que figura actualmente en su certificado de nacimiento y el marcador de género al que desea cambiar.
- Bríndeles información biográfica clave, incluido el nombre de nacimiento, el nombre legal actualizado, la fecha de nacimiento y el lugar de nacimiento.
A continuación se proporciona un script de muestra para correo electrónico o llamada telefónica:
Hola,
Estoy tratando de cambiar el marcador de género en el campo de sexo en mi certificado de nacimiento de Rhode Island de (M/F) a (M/F/X). Le escribo para solicitar que su oficina prepare una declaración jurada para que la firme para iniciar este proceso.
Mi información biográfica clave es:
Nombre legal:
Nombrar al nacer:
Fecha de nacimiento:
Lugar de nacimiento:
Por favor contáctame al (número de teléfono) o (dirección de correo electrónico) con cualquier pregunta.
Gracias.
Después de esta solicitud, la Oficina de Registros Vitales preparará una declaración jurada formal para usted. Le enviarán una copia por correo electrónico o correo postal.
¿Dónde puedo obtener ayuda para cambiar mi nombre y sexo en varios documentos de identificación?
El Proyecto de documento de identificación transgénero es un proyecto conjunto de GLAD, la Coalición Política Transgénero de Massachusetts (MTPC) y los bufetes de abogados Ropes & Gray LLP y Goodwin. Empareja a un residente de cualquiera de los seis estados de Nueva Inglaterra con un abogado pro bono (gratuito) en una de estas firmas de abogados. Sin embargo, debido a la popularidad del programa, pueden pasar varias semanas antes de que un abogado de una de estas firmas se comunique con usted. Para obtener más información y postularse al Proyecto, ingrese a: https://www.glad.org/id/.
Sin embargo, en la mayoría de los casos, al utilizar la información y los formularios proporcionados aquí, puede
actualice estos documentos con bastante facilidad por su cuenta y sin la ayuda de un abogado.
Recursos
Detalles sobre el cambio de nombre y género en varios documentos de identificación:
https://www.transvoteri.com/id-documents
El Centro Nacional para la Igualdad Transgénero (NCTE) tiene un Centro de Documentos de Identificación con información sobre cómo cambiar el nombre y el género en los documentos de identificación estatales y federales.
Puede encontrar información sobre Rhode Island aquí:
https://transequality.org/documents/state/rhode-island.
Casos y defensa
Para ver casos o defensa de los derechos de las personas transgénero en los que GLAD ha estado directamente involucrado en Rhode Island, vaya a: Casos y defensa - GLAD y en "Por tema", haga clic en "Derechos de las personas transgénero" y en "Por ubicación", haga clic en "Rhode Island". "
Noticias y comunicados de prensa
Para ver noticias y comunicados de prensa sobre los derechos de las personas transgénero en Rhode Island, vaya a: Noticias y comunicados de prensa - GLAD y en "Por tema", haga clic en "Derechos de las personas transgénero" y en "Por ubicación", haga clic en "Rhode Island".
Derechos transgénero | Atención médica | Rhode Island
¿Pueden los planes de atención médica discriminar a las personas LGBTQ+?
Según las leyes federales y estatales de Rhode Island, casi todos los planes de salud no pueden discriminar por
la base del sexo y, porque el fallo de la Corte Suprema en Bostock v. Clayton Co.
concluyó que toda discriminación por identidad de género y orientación sexual es una forma de discriminación sexual.
discriminación, casi todos los planes de salud no pueden discriminar a las personas LGBTQ+.
¿Qué protecciones del plan de atención médica ofrece Rhode Island?
Comisionado de seguros médicos de Rhode Island
En 2015, el Comisionado de Seguros Médicos de Rhode Island emitió un boletín “para el
propósito de asesorar a las aseguradoras de salud 1 , a los proveedores de atención médica y a los consumidores de servicios de salud
seguro que la discriminación contra un individuo en el contexto del seguro médico
debido a la identidad o expresión de género del individuo constituye discriminación sexual
prohibido por la ley de Rhode Island. Esta prohibición se extiende tanto a la disponibilidad de servicios de salud
cobertura de seguro y a la provisión de beneficios de seguro médico, incluyendo
cirugía transgénero médicamente necesaria e identidad de género o disforia de género
servicios de atención médica relacionados”.
Medicaid de Rhode Island
En 2015, el programa Medicaid de Rhode Island eliminó la exclusión de las personas que afirmaban el género.
cuidado. Estas son las pautas para la disforia de género y la salud no conforme con el género
cuidado: https://eohhs.ri.gov/sites/g/files/xkgbur226/files/Portals/0/Uploads/Documents/MA-Providers/MA-Reference-Guides/Physician/gender_dysphoria.pdf.
¿Existe algún plan de atención médica que no esté protegido por la ley de Rhode Island?
Sí. Planes de salud de Medicare y del empleador que se autofinancian (también conocidos como planes de salud autofinanciados).
asegurado) se rigen por la ley federal.
¿Qué protecciones del plan de atención médica brinda el gobierno federal?
Seguro médico del estado
En 2013, Medicare eliminó la prohibición de cobertura para el tratamiento de la disforia de género.
porque era “experimental” y comenzó a cubrir el tratamiento médicamente necesario para
disforia de género.
Sección 1557 de la Ley de Atención Médica Asequible (ACA)
La Sección 1557 establece que es ilegal que cualquier proveedor de atención médica que reciba fondos del gobierno federal se niegue a tratar a un individuo (o discrimine de otro modo al individuo) por motivos de sexo (así como de raza, color, origen nacional, edad o discapacidad). . La sección 1557 impone requisitos similares a los emisores de seguros médicos que reciben asistencia financiera federal. Los proveedores de atención médica y las aseguradoras tienen prohibido, entre otras cosas, excluir o tratar adversamente a una persona por cualquiera de estas bases prohibidas. La regla final de la Sección 1557 se aplica a los beneficiarios de asistencia financiera del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS), los Mercados de Seguros Médicos y los programas de salud administrados por el HHS.
La sección 1557 generalmente no se aplica a los planes de salud grupales autofinanciados bajo ERISA o planes de duración limitada a corto plazo porque las entidades que ofrecen los planes generalmente no se dedican principalmente al negocio de brindar atención médica ni reciben asistencia financiera federal.
En mayo de 2021, la Administración de Biden anunció que la Oficina de Derechos Civiles de Salud y Servicios Humanos (OCR) interpretaría y haría cumplir la Sección 1557 de la ACA y los requisitos de no discriminación por motivos de sexo del Título IX para incluir la orientación sexual y la identidad de género. La actualización se realizó a la luz de la decisión de la Corte Suprema de EE. UU. de junio de 2020 en Bostock contra el condado de Clayton y decisiones judiciales posteriores. Al hacer cumplir la Sección 1557, la OCR cumplirá con la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa, 42 USC § 2000bb et seq., y todos los demás requisitos legales y órdenes judiciales aplicables que se hayan emitido en litigios relacionados con las regulaciones de la Sección 1557.
Título VII
Para los empleadores con 15 o más empleados, el Título VII prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo y origen nacional en la contratación, el despido, la compensación y otros términos, condiciones o privilegios de empleo. Los términos y condiciones de empleo incluyen beneficios de atención médica patrocinados por el empleador. Históricamente, no todas las autoridades han estado de acuerdo en que el Título VII proteja a los trabajadores LGBTQ+ contra la discriminación.
Sin embargo, la decisión de la Corte Suprema en Bostock v. Clayton Co. cambia esto porque ese fallo dejó en claro que la discriminación por orientación sexual e identidad de género son formas de discriminación sexual. Aunque la decisión se refiere a un despido injustificado del empleo, tiene implicaciones para los planes de salud patrocinados por el empleador y otros beneficios. Por ejemplo, es posible que los empleadores quieran ajustar la cobertura del plan de salud grupal para la disforia de género y los servicios relacionados, incluidas las cirugías de afirmación de género, y revisar y comparar los beneficios para cónyuges del mismo sexo y del sexo opuesto.
¿Pueden los empleadores religiosos discriminar a las personas LGBTQ+?
El 8 de julio de 2020, en Escuela Nuestra Señora de Guadalupe contra Morrissey-Berru, la Corte Suprema de Estados Unidos reafirmó su postura sobre la aplicación de la excepción ministerial a casos de discriminación laboral tal como lo estableció en sentencias anteriores. Al hacerlo, la Corte planteó simultáneamente una cuestión sin respuesta en virtud del Título VII: ¿la excepción ministerial para empleadores religiosos permite a esas organizaciones discriminar a empleados o candidatos en función de su estatus LGBTQ+?
No está claro en este momento cómo el fallo de la Corte en el caso Escuela Nuestra Señora de Guadalupe contra Morrissey-Berru puede afectar a los empleados LGBTQ+ de empleadores religiosos, pero las organizaciones religiosas y los empleadores deben reconocer que la excepción ministerial no se aplica a todos los puestos dentro de sus organizaciones. Más bien, se limita a aquellos empleados que verdaderamente desempeñan deberes religiosos. Por ejemplo, el puesto de conserje de una escuela que sólo está presente en el edificio fuera del horario escolar y no es responsable de transmitir la fe probablemente no se consideraría de naturaleza ministerial.
¿Qué pasos puedo seguir para obtener cobertura para el tratamiento de la disforia de género?
- Primero verifique si su plan de salud brinda cobertura para el tipo de tratamiento que desea obteniendo una copia del “Resumen de beneficios y cobertura” del plan.
- La mayoría de los planes de seguro, tanto públicos como privados, tienen requisitos detallados que deben cumplirse para obtener cobertura. Esto es particularmente cierto si está intentando obtener cobertura para una cirugía relacionada con la transición. Así que contacta a tu plan de salud y solicita una copia de los requisitos para el tratamiento que buscas.
- Trabaje con sus terapeutas y médicos para asegurarse de cumplir con todos los requisitos del plan de salud. La documentación de sus terapeutas y médicos es el factor más crítico para determinar si se aprobará su solicitud de tratamiento.
- Consulta qué tratamiento requiere aprobación previa. En la mayoría de los casos, cualquier cirugía requerirá aprobación previa y es posible que el plan solo pague si utiliza un cirujano que acepte su plan.
- Si se rechaza su solicitud de tratamiento, averigüe los motivos del rechazo y, si aún cree que califica para el tratamiento, siga el proceso de apelación del plan. Por lo general, primero habrá un proceso de apelación interno y, si no tiene éxito, a veces puede apelar ante una agencia externa. Asegúrese de cumplir con los plazos; el incumplimiento de un plazo puede cancelar automáticamente su capacidad de apelar.
- Mantenga GLAD informado si se le niega el tratamiento. GLAD puede ofrecerle sugerencias que puedan ayudarle a ganar su apelación. Puede ponerse en contacto con GLAD Respuestas en ALEGRE Respuestas o por teléfono al 800-455-GLAD (4523).
- Aunque ahora más planes de salud cubren el tratamiento para la disforia de género, el proceso para obtener tratamiento, particularmente para la cirugía relacionada con la transición, puede llevar mucho tiempo y ser frustrante. Se requiere una gran cantidad de documentación y puede resultar difícil encontrar un cirujano que realice el tipo de cirugía y que también sea aceptable para el plan de salud.
- No tenga miedo de ser persistente y volver a presentar la solicitud si se le niega.
¿Cómo encuentro un cirujano que acepte mi seguro médico?
Cada vez más cirujanos que realizan cirugías de reasignación de sexo contratan un seguro médico. Debe investigar cuidadosamente a los cirujanos para encontrar uno que sea adecuado para usted. Puede consultar la lista de proveedores dentro de la red proporcionada por su plan para ver si están incluidos o si incluye algún cirujano en su área, y si no, puede comunicarse con el consultorio del cirujano para determinar si aceptan su seguro. La mayoría de los planes de seguro médico requieren que utilice un proveedor médico en su red, pero si su red no incluye un cirujano que realice los servicios que necesita, es posible que pueda salir de la red si solicita autorización previa de su plan.
¿Qué debo hacer si estoy siendo discriminado en la atención médica?
Si está siendo discriminado por un centro o proveedor de atención médica, puede presentar una queja por discriminación ante la Comisión de Derechos Humanos de Rhode Island (RICHR). Consulte el área temática "Discriminación" para obtener información detallada sobre cómo hacer esto.
Si tiene un plan de atención médica regulado por la Oficina del Comisionado de Seguros Médicos, puede presentar una queja ante esa agencia: https://ohic.ri.gov/consumer-
Si tiene un plan de atención médica que se rige por la Sección 1557 de la ACA, puede presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Salud y Servicios Humanos federal. Para más información, ver: https://www.hhs.gov/civil-rights/filing-a-
Si tiene un plan de atención médica autofinanciado a través de un empleador con al menos 15 empleados, puede presentar una queja por discriminación ante la Comisión Federal de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC). Para obtener más información, consulte el área temática "Discriminación".
Recursos
El Consorcio de Atención Médica Transgénero de Nueva Inglaterra está formado por proveedores de más
una docena de centros de atención médica en Nueva Inglaterra que se dedican a mejorar el acceso
a la afirmación de género. Para más información, ver: http://negendercare.org/.
Guía de atención médica de Massachusetts: https://transhealthproject.org/resources/state-.
Pólizas Médicas de Seguros de Salud: https://transhealthproject.org/resources/health-
Memorándum del Fondo de Educación y Defensa Legal para planificar a los administradores sobre la responsabilidad por
Exclusiones de atención médica para personas transgénero: https://transhealthproject.org/documents/48/2022-
Información del plan Out2Enroll ACA para 2022: https://out2enroll.org/2022-cocs/.
Atención médica para personas transgénero: https://www.healthcare.gov/transgender-health-care/.
El HHS hará cumplir la Sección 1557 para proteger a las personas LGBTQ+: https://www.healthaffairs.org/do/10.1377/forefront.20210511.619811/.
Centro Nacional para la Igualdad Transgénero (NCTE): Conozca sus derechos en la atención médica:
https://transequality.org/sites/default/files/docs/kyr/KYR-Healthcare-June2017.pdf.
Guía de atención médica del NCTE: https://transequality.org/health-coverage-guide.
Protecciones contra la discriminación del Título VII de la EEOC para personas LGBTQ+:
https://www.eeoc.gov/laws/guidance/protections-against-employment-discrimination-
basado-en-la-orientación-sexual-o-el-género.
Guía para cirujanos de género: https://www.transhealthcare.org/.
Casos y defensa
Para ver casos o defensa de los derechos de las personas transgénero en los que GLAD ha estado directamente involucrado
con en Rhode Island, vaya a: Casos y defensa – GLAD y en “Por problema” haga clic en
"Derechos de las personas transgénero" y en "Por ubicación", haga clic en "Rhode Island".
Noticias y comunicados de prensa
Para ver noticias y comunicados de prensa sobre los derechos de las personas transgénero en Rhode Island, visite:
Noticias y comunicados de prensa – GLAD y en "Por tema", haga clic en "Derechos de las personas transgénero".
y en "Por ubicación", haga clic en "Rhode Island".